3.5. En la Hacienda Real de Sevilla
2 en Almería, y 8 en Murcia (datos de 1610).14 Casi
pleos superiores ­Administrador general, contador de
todas estaban en la franja costera o sus inmediaciones,
la razón general, y tesorero general­ se requerían perso-
con algunas excepciones más hacia el interior (como San-
nas de «alta cualificación», «laboriosas» y «de gran pre-
lúcar de Guadiana, Sevilla, Lebrija, y varias en Murcia
paración», en suma, unas «sobresalientes personalida-
­Lorca, Aledo, Totana, Murcia, Fortuna­).
des» de la Hacienda Real de gran nivel profesional16 (de
nuevo aclaramos que nos estamos refiriendo ahora a las
Las de Huelva eran las siguientes (citadas desde Occi-
épocas de gestión directa por la propia Hacienda, que
dente hacia Oriente): Sanlúcar de Guadiana, Ayamon-
son, atendiendo siempre al caso de Domingo de Zavala,
te, La Redondela, Lepe, Cartaya, San Miguel de Arcas
las que nos interesan).
de Buey (actual El Rompido), Aljaraque, Gibraleón,
Huelva, Palos de la Frontera, San Juan del Puerto, y
El Administrador general era la primera autoridad de
Moguer. En Cádiz: Sanlúcar de Barrameda, Chipiona,
los Almojarifazgos, ejercía la supervisión de las actua-
Rota, Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María,
ciones y funcionamiento de todos sus dependientes, y
Cádiz, Puerto Real, y Gibraltar. En Sevilla: Lebrija y
estaba en contacto directo con el Consejo de Hacienda.
Sevilla. En Málaga: Estepona, Marbella, Málaga, y Vé-
Poseía una de las tres llaves del arca de caudales, junto al
lez-Málaga. En Granada: Almuñécar, Salobreña, y Mo-
contador y al tesorero, de manera que para realizar cual-
tril. En Almería: Adra y Almería. En Murcia: Mazarrón,
quier depósito o extracción de la caja, se necesitaba la
Fuente-Álamo, Cartagena, y en el interior, Lorca, Tota-
coincidencia de las tres personas, con arreglo al típico
na, Aledo, Murcia, y Fortuna.
sistema de las «arcas de tres llaves».17 Para la gestión de
El número de personas empleadas en cada localidad va-
su oficina contaba con el secretario de gobierno.
riaba lógicamente según el caso. Había diversas funcio-
Hay que señalar que los oficios de menor importancia
nes de recaudación de ingresos, control de mercancías,
fueron, en buena medida y progresivamente, enajena-
etc; y empleos como administrador, almojarifes, recep-
dos ­vendidos­ por la Hacienda Real a favor de parti-
tor, contador, juez, fiscal, oficiales de vigilancia del con-
culares, como otra fuente de ingresos para las depaupe-
trabando, guardas, y otros. Por ejemplo en la aduana de
radas arcas Reales. Fue el caso de las escribanías de todas
Murcia eran unas 25, mientras que en Sevilla ­sumando
estas aduanas, que por comisión superior había empe-
la aduana y la administración central de los Almojarifaz-
zado a vender Bernabé Pedroso (Consejero de Hacien-
gos, aquí ubicada­ había unas 125-150, de las que unas
da, Proveedor General de la Armada del Mar Océano),
30 gestionaban la administración general de las rentas (éste
era, lógicamente, el personal más inmediato a nuestro Do-
con la finalidad de aplicar los ingresos a la fabricación
mingo de Zavala) y unas 100 se hallaban en la aduana de
de navíos; habiendo vuelto Pedroso a la Corte, por Real
la ciudad.15 En la ciudad de Sevilla había concretamente
Cédula de 15-5-1606 le sustituyó Domingo de Zavala
dos aduanas, una en el Río («aduana chica») y otra en el
en dicha comisión especial. Por ejemplo, Zavala vendió
Arenal («aduana grande»), cada una con su administra-
el 24-7-1606 la escribanía de la aduana de Sanlúcar de
dor, alcaide, almojarifes y otros contadores, receptor, fie-
Barrameda, con sanción Real del 30-9-1606.18 Obsér-
les del peso, escribanos, guardas, tripulantes de lanchas,
vese que ni Pedroso ni (en ese momento, todavía) Zava-
etc. Estamos hablando de las cifras correspondientes a la
la eran Administradores generales de los Almojarifaz-
administración directa por la Hacienda Real, ya que en
gos, sino que habían sido nombrados comisionados «ad
época de arrendamiento de la renta estas plantillas lógica-
hoc» para esta operación de venta.
mente podían variar.
En cuanto a los empleos secundarios que no estaban
Las tareas de las aduanas eran, concretamente: la vigi-
enajenados, su nombramientocorrespondía al Admi-
lancia de la llegada de los navíos; el registro de los bu-
nistrador general de los Almojarifazgos. Así, tenemos
ques y de su documentación; el control de la descarga;
como ejemplo a un sobreguarda de la aduana de Motril
el reconocimiento de las mercancías, pesado, evaluación
designado con fecha 23-5-1611, firmando Domingo de
del valor, cálculo de las tasas, y cobro de los derechos a
Zavala como Administrador general de los almojarifaz-
percibir; y por último, el sellado de las mercancías y
gos de la ciudad de Sevilla y sus puertos y distrito, y
entrega de los despachos.
Juan Martínez de Arriola como su secretario.19
Terminemos señalando que fue aquí, en su residencia
El Administrador general
de los Alcázares Reales de Sevilla ­hogar, por lo demás,
de otros altos cargos y dependencias de las diversas ad-
Centrándonos en el personal adscrito al núcleo central
ministraciones Regias­, donde el 29-9-1612 fundó Do-
o «Administración general» a cargo de Domingo de Za-
mingo de Zavala el mayorazgo de su apellido (cfr. Apén-
vala como máximo responsable de esta renta, señalemos
dice XIII).
que su tarea era dirigir y centralizar la gestión de todas
las aduanas antes mencionadas. Contaba con una trein-
El 16-4-1613 Zavala cesaba en el oficio de Administra-
tena de empleados, encabezados por el Administrador
dor general de los Almojarifazgos y ponía fin, con ello, a
general (el caso de Zavala), a quien seguían en orden de
su dilatada trayectoria de servicio a la Monarquía. A los
importancia el contador de la razón general y el tesorero
77 años de edad, emprendía el definitivo regreso a su
general; otros empleados eran el secretario de gobierno,
Villafranca natal, conservando el salario y los honores
de Consejero de Hacienda que se le habían otorgado
un oficial-cajero, un fiscal, un abogado, dos alguaciles
mayores, etc. Como afirma Pulido Bueno, para los em-
con carácter vitalicio al jubilarse del Consejo en 1603.
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