Domingo de Zavala. La guerra y la hacienda (1535-1614)
Atribuciones del Veedor y Contador
por Su Majestad en el Principado de Cataluña.
(Archivo General de Simancas, Guerra Antigua, legajo 174, nº 93.
El Pardo 17-12-1578).
(Tenor literal)
Don Phelipe, por la gracia de Dios Rey de
(Texto adaptado en su ortografía).
Castilla, de León, de Aragón (...).
Don Felipe, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León,
Por quanto haviendo vacado por fallescimiento
de Aragón (...).
de Cristóval de Castellanos el oficio de nuestro Con-
Por cuanto habiendo vacado por fallecimiento de Cristó-
tador del Principado de Cathalunia, y condados de
bal de Castellanos el oficio de nuestro Contador del Prin-
Rosellón y Cerdania, y las otras fronteras y fuerças
cipado de Cataluña, y condados de Rosellón y Cerdaña, y
dél, el qual havía de residir en la ciudad de Barce-
las otras fronteras y fuerzas de él, el cual había de residir
lona (...), acordamos que en lugar del dicho oficio
en la ciudad de Barcelona (...), acordamos que en lugar
aya una persona de mucha suficiencia y confiança,
del dicho oficio haya una persona de mucha suficiencia y
que asista en la dicha ciudad de Barcelona cerca de
confianza, que asista en la dicha ciudad de Barcelona cerca
la persona de nuestro Lugartheniente [Virrey] y Ca-
de la persona de nuestro Lugarteniente [Virrey] y Capitán
pitán General del dicho Principado y condados, y
General del dicho Principado y condados, y sea veedor y
sea veedor y contador della [de la persona del Vi-
contador de ella [de la persona del Virrey] y tenga libro,
rrey] y tenga libro, quenta y razón general y particu-
cuenta y razón general y particular (...) de todo el dinero
lar (...) de todo el dinero que mandaremos proveer
que mandaremos proveer para su paga [de las fuerzas de
para su paga [de las fuerzas de guerra] y hobras y
guerra] y obras y fortificaciones, y para la labor y fábrica
fortificaciones, y para la labor y fábrica de las galeras
de las galeras que hemos mandado hacer y se hicieren en
que hemos mandado hazer y se hizieren en la dicha
la dicha ciudad de Barcelona (...), y de las vituallas, armas,
ciudad de Barcelona (...), y de las vituallas, armas,
municiones, maderas, pertrechos y otras cosas diferentes
municiones, maderas, pertrechos y otras cosas dife-
que en el dicho Principado hubiere (...). Y proveímos en
rentes que en el dicho Principado oviere (...). Y pro-
el dicho oficio de veedor y contador en lugar del dicho
veímos en el dicho oficio de veedor y contador en
Cristóbal de Castellanos a Domingo de Zavala (...) y le
lugar del dicho Cristóval de Castellanos a Domingo
dimos Instrucción (...).
de Çavala (...) y le dimos Instrucción (...).
Barcelona en 1567
(Civitates Orbis Terrarum,
Georg Braun y Frans Hogenberg, 1572).
Junto al mar, en primer plano y cubiertas
de tejas rojas, se aprecian las sucesivas
gradas cubiertas de las Atarazanas (astille-
ros) dedicadas a la construcción de las
galeras Reales. Su fiscalidazación económi-
ca y contabilidad correspondían, entre
otras atribuciones, al Veedor y Contador
Domingo de Zavala (1578 y siguientes).
Siguen existiendo hoy, como Museo
Marítimo de Barcelona.
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